miércoles, 16 de diciembre de 2015

CALCULANDO TU INDEMNIZACION

  Muchas personas son víctimas de engaños por Empleadores que pierden la Ética Profesional y caen en infracción u omisión  de los Derechos Laborales intentando eludir el pago de la Liquidación al personal que se desvincula y otros que si realizan el pago pero con cálculos incorrectos, este espacio esta para darte las pautas que no seas víctima del engaño:

Antes de entrar al detalle de la forma de cálculo debemos preguntarnos me corresponde liquidación, la respuesta será “SI” si es que el tiempo de servicio sea igual o mayor a 90 días ininterrumpidas.

Conozcamos un Formulario de Indemnización o Liquidación:


Detallemos el contenido y la información que debe llegar cada inciso:
         
          I.- Datos Generales


 Este contiene información básica del Empleador y del Empleado se debe tener mucho cuidado y ser preciso en la Fecha de Ingreso y Fecha de Retiro ya que estos son base fundamental para determinar el tiempo de servicio de Empleado.

          II.- Liquidación de la Remuneración


          En este inciso se deben colocar los últimos tres salarios completos (Total Ganado) para          
          obtener el Promedio Indemnizable, el cual es otro dato de suma importancia para llegar valor           del Beneficio.
              
          III.- Total Remuneración


En caso se tiene que anotar los datos obtenidos en el inciso I (Tiempo de Servicio) y II (Salario Promedio) detallemos contenido:
          
          Desahucio Solo corresponde si el trabajador en retiro sin previo aviso y justificación alguna 
          el monto a cancelar es el equivalente a tres salarios promedios.
          Indemnización Se obtiene multiplicando los años de servicios por el salario promedio en 
          caso de que no llegue a cumplir 1 año de servicio se cancelara duodécimas.
          Aguinaldo  Corresponde si el trabajador se retira antes de que se pague este Beneficio de lo             contrario se pagara duodécimas.
          Vacación Aplica si el Trabajador lleva un tiempo de servicio mayor o igual a un año y no     
          hubiera hecho el uso de sus vacaciones.
          Prima Para determinar si este pago corresponde o no se debe esperar el cierre del año fiscal.

          IV.- Deducciones



          Este Ítem se debería registrar las deudas que tiene el trabajador pero este iría en contrato de             los derechos laborales “Los Beneficios son Irrenunciables e Inembargables” lo que nos 
          indica que debería estar en blanco.
           
          V.- Importe Líquido a Pagar
         
          Es el monto final que corresponde al Trabajador al momento de desvincularse el resultado de           este se obtendrá en el inciso III
           
          Realicemos un  Ejemplo     
          Juan Pablo ingreso a trabajar el 15 de Febrero del 2014 a la empresa Patito S.A. como 
c        Operador de Equipo con un Salario de Bs 2 500 y se retiró de manera voluntaria el 31 de 
          Noviembre del mismo año por cuestiones personales.
        
          Paso 1
          Debemos completar el encabezado con datos Básicos del Empleador y Trabajador y lo más
          importante determinar el tiempo de servicio, en este caso seria 9 Meses y 15 Días.
         
          Paso 2
          Se debe identificar los últimos tres salarios para obtener el promedio indemnizable en este 
          caso el salario es fijo por lo que el promedio será Bs 2.500

          Paso 3
          Se debe realizar los cálculos correspondientes para efectuar el pago
          Tiempo de Trabajo: 1 979 ---> Se obtiene multiplicando 9,5 (Tiempo Trabajo) x 2 500 (Salario Promedio)
          Aguinaldo              :  1 979 -->  Solo se paga duodécimas porque cumplió la gestión   completa
          Vacaciones            :         0 -->  No corresponde porque no cumplió el tiempo requerido
          Prima                     :         0 -->  Hay que esperar a la conclusión del años fiscal para determinar
          Total Liquidación  :  3 958
        
         
           Aclaraciones:
            Ø  El Finiquito incluirá Duodécimas de Aguinaldo siempre y cuando el Trabajador se retire              antes del pago de este Beneficio, en caso de que se retire después del pago del Beneficio 
           aplicaran solo los otros ítem.
     
      El plazo para el pago de este Beneficio es de 15 días calendario pasada la fecha se deberá 
      pagar con un recargo del 30% sobre el monto calculado.

  Ø  En caso de que el trabajador no se presentara a cobrar su liquidación la empresa está en la obligación de realizar Deposito en Custodia del valor de la liquidación antes de los 15 días señalados anteriormente.

  Ø  Los beneficios de los trabajadores son irrenunciables, la liquidación se paga independiente al motivo de desvinculación del trabajador y en caso de que hubiera firmado algún documento para evitar el pago de este queda nulo.








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