CUAL ES LA DIFERENCIA ENTRE CONTRATO LABORAL Y RELACIÓN LABORAL?
El siguiente Link puede despejar dudas respecto a esta temática.
https://www.youtube.com/watch?v=kuq9UV9isq0
Información práctica acerca del actual sistema de remuneraciones y compensaciones salariales en el mercado laboral de nuestro medio.
jueves, 17 de diciembre de 2015
IMPACTO DEL DOBLE AGUINALDO
El pago del Segundo Aguinaldo "Esfuerzo por Bolivia" es un motivo mas de felicidad para nosotros, por ello presento a Uds una opinión personal:
El empresario privado solicitó declarar la inconstitucionalidad de las normas que avalan el pago del doble aguinaldo porque se había incorporado al sector privado sin ninguna distinción, desconociendo los principios de seguridad jurídica, lo cual lesiona el derecho a la propiedad privada y la norma impugnada sería expropiatoria y confiscatoria de sus recursos.
Para el TCP, la misma norma impugnada, de manera expresa establece que dicho beneficio será otorgado cuando haya crecimiento del PIB por encima del 4.5% y no hay ninguna contradicción con la Constitución.
“En el presente caso no se está afectando a su propiedad con la institución del segundo aguinaldo, porque este beneficio forma parte de la retribución a la que tiene derecho la trabajadora o trabajador por los servicios que presta al empleador”, señala parte de la sentencia de casi 40 hojas que fue firmada por cinco magistrados: Zenón Bacarreza, Macario Cortez, Efren Choque, Oswaldo Valencia y Mirtha Camacho, con la disidencia de los tribunos Ruddy Flores y Neldy Andrade.
REPERCUSIONES SOBRE EL DOBLE
AGUINALDO
“ESFUERZO POR BOLIVIA”
El tema que elegí para
análisis es el impacto del doble aguinaldo en Bolivia veremos cuál es su
naturaleza impacto positivo, negativo que repercusiones ocasiona en los
trabajadores y empresarios.
Comencemos definiendo
que es el aguinaldo, es una remuneración adicional que percibe el trabajador
una vez al año cada diciembre en Bolivia el plazo vence cada 20 del mes.
El origen de este pago
en nuestro País data en desde el año 2013 en la presidencia de Evo Morales Ayma
este fue denominado “Esfuerzo por Bolivia” misma que fue decretado con la
intensión de equiparar la distribución de la riqueza, este pago fue extensivo
al sector Público y Privado, Fuerzas Armadas y Policías este debía ser
cancelado hasta el 31 de Diciembre de esa gestión pero este fue ampliado hasta
el 28 de febrero del 2014.
La forma de cálculo y alcance
de beneficiarios fue la misma que el del Aguinaldo habitual las personas
beneficiadas con ese decreto fueron aquellas personas que hubieron trabajado más
de tres meses de manera ininterrumpida en la empresa privada o institución pública
y en caso de que no hubiera cumplido los 12 meses en su misma fuente laboral
gozaron del pago de duodécima en proporción al tiempo de trabajo.
Este Decreto sorpresa
denominativo que recibió por muchos empresarios tuvo sus grandes repercusiones
sobre todo en temas contables porque este no estaba provisionado lo que
ocasiona un gran desnivel y déficit en algunos casos.
Los trabajadores serán
beneficiados con este pago cada vez que el Producto Interno Bruto (PIB) supere
el crecimiento de 4,5% este beneficio está respaldado por la Resolución
Ministerial 774/2013.
Mientras el sector
privado mostraba su molestia y preocupación por el decreto de este pago los
trabajadores celebraban esta noticia se
hizo viral por la redes sociales estas son algunas opiniones de
He aquí las palabras
del Simeon Jalari dirigente de la Central Obrera Boliviana “Es una alegría que
para este fin de año los trabajadores tengan doble creemos que el Presidente
Evo Morales con estas Políticas Sociales merece nuestro reconocimiento.
Fuente:
El Deber
Por otra parte el
Analista Gonzalo Quiroga advertía que “El decreto sobre el doble aguinaldo
incidirá en la inflación y provocara que algunas empresas, sobre todo medianas
y pequeñas se verán obligadas a cerrar”
Fuente: Radio
Panamericana
Muchas empresas al no
estar no estar preparados o provisionados este pago tuvieron que estar en
contra del reglamento del segundo aguinaldo porque muchos no pagaron esta
noticia fue dado a conocer por el Ministro de Trabajo Daniel Santalla (Fecha
2013) en conferencia de prensa señalaba que una semana antes de que venza el
plazo un poco más de 6% a nivel nacional habían cumplido con este beneficio.
REPERCUSIONES
EN LAS REDES SOCIALES
Al ser una noticia
bastante polémica hubieron bastante comentarios tanto a favor como en contra
donde se nota la alegría de las personas como también la inseguridad de otras
veamos algunas de ellas que se encontraron en twitter
“Es una buena noticia para los trabajadores
sin embargo no todas las empresas privadas se encuentran en la posibilidad de
hacer este efectivo este pago y como efecto bumerán tendremos los despidos
desde ese punto de vista la noticia es grata solo por este año y muy incierto
para muchos que tendrán que buscar una nueva fuente laboral el 2014”
Fuente:
Anónimo Twitter
“Es sorprendente la
manera muy pintoresca y alegre con la que el cuero de Eruditos economistas de
nuestro flamante gobierno realizan sus actividades cada vez más torpes, la
economía colapsara el costo de los productos y alimentos se dispararan, el
desempleo será el factor común en la población porque el sector privado no
podrá mantenerse financieramente todo tendrá un efecto cadena cuya victima será
el trabajador estas decisiones con fines electorales no nos traerán un futuro
próspero”
Fuente:
Anónimo Twitter
Como podemos notar esta
noticia también genero inseguridad en algunos pobladores por sus fuentes
laborales estos dos comentarios elegidos al azar tuvieron más 150 comentarios
cada uno lo que afirma que la inseguridad no solo estaba en uno o dos
pobladores.
EL
PIB Y EL DOBLE AGUINALDO
Un analista económico
Lic. Roberto Laserna escribía en su cuenta del Twitter que el pago del doble
aguinaldo es una medida que tiene la secreta intención de darle sostenibilidad
al crecimiento en base a la falsa imagen que proporciona el cálculo del
Producto Interno Bruto (PIB).
El doble aguinaldo es
una política redistributiva que saca dinero de los empleadores, es decir del
componente “Consumo intermedio” y lo lleva a los trabajadores quienes se
denominaran consumidores, eso aumenta la demanda final pero los productores
afectados en sus costos resultaran dañados y con dificultades para satisfacer
esa demanda lo que puede llevar a aumentar las importaciones o a que los
precios crezcan lo que al final de cuentas redundara en daño generalizado de
inflación con recesión.
SEGUNDO
AGUINALDO PREMIO AL ESFUERZO O MEDIDA ELECTORAL
La entidad privadas
sostienen que fue una medida electoral y de alcance restringido el denominado
“Segundo Aguinaldo” impuesto por el Gobierno no modifica la esencia de la
distribución de la riqueza, que seguirá siendo acaparada por capitalista según
un análisis realizado por el Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral
Agrario.
Al ser
un pago excepcional y electoral, el segundo aguinaldo no mejora los salarios y
pretende ocultar más bien la realidad de todos los trabajadores cuyos ingresos
no alcanzan para cubrir una canasta de alimentos y ven año tras año disminuir
la capacidad adquisitiva de sus salarios. “Lo que no puede ocultar es la mayor
explotación de los obreros para la mayor generación de ganancias a favor de los
empresarios”
Fuente: El Diario
LA COD APLAUDE DECISION DEL GOBIERNO CENTRAL
El presidente Evo Morales en
conferencia de prensa desde Cochabamba justifico su decisión sobre el pago
extraordinario dijo que la medida del segundo aguinaldo para los trabajadores
eventuales fue revisada tras escuchar las demandas de ese sector y a pedido de
la Central Obrera Boliviana (COB), encabezada por su secretario ejecutivo, Juan
Carlos Trujillo.
El doble aguinaldo “Esfuerzo por
Bolivia” es un beneficio que se paga a los trabajadores activos, públicos y
privados, todos los años en los que el crecimiento del Producto Interno Bruto
(PIB) esté por encima del 4,5%. En 2014 la economía boliviana crecerá 5,7% y en
2015 se expandirá 5,9%, de acuerdo con previsiones oficiales.
INCIDENCIAS
NEGATIVAS DE ESTA DESCICION
El ejecutivo de la Federación de la Micro
y Pequeña Empresa de El Alto, Saturnino Ramos confirmó el despido de 30 mil
obreros de su sector como consecuencia del doble aguinaldo y el incremento del
10% a los salarios determinado por el Gobierno.
La dirigencia lamentó que el ministro de
Economía y Finanzas Luis Arce Catacora anunciara “sin ningún sustento
económico” la aplicación del doble aguinaldo en la gestión 2013 factor que
ocasiono la negativa a contratar personal de apoyo para el sector de la
microempresa por lo que redujo a un 30% más del personal obrero.
Es por eso que la Federación de
medias y pequeñas empresas se declarado el estado de emergencia en debido
momento en todos rubros de la
departamental y nacional, ante la actual política del Gobierno de pretender favorecer
sólo al sector laboral, pero sin percatarse que en el sector productivo las
condiciones no son las mismas que en el ámbito estatal para poder responder a
un doble aguinaldo o un incremento del 10% del salario o definir un incremento
del 20% en el salario mínimo nacional”
La microempresa en la ciudad de El
Alto tiene registrada cerca de 25.000 microempresas en diferentes rubros, de
las cuales más del 30% en la actualidad quedarán afectadas con el retiro
inmediato y la no contratación de las nuevas generaciones por la imposibilidad
de poder cumplir con las obligaciones laborales exigidas por el Gobierno.
DOBLE
AGUINALDO 2015
Como era de esperarse
por la gran mayoría de los trabajadores en la gestión los trabajadores también
seremos beneficiados con el pago doble del aguinaldo esta noticia fue promulga
con mayor anticipación que gestiones pasadas se supone que es por el proyecto
de Re Re Elección del actual mandatario.
En conferencias de
prensa tanto el presidente Evo Morales como también el Ministro de Economías
Luis Arce hay confirmado y garantizado que este año se hará efectivo el pago
del doble aguinaldo que el crecimiento actual ya supera el 4,5% el presidente
dijo “Nuestras proyecciones de crecimiento es por sobre el 5% y como ustedes
saben si las proyecciones del Ministro son correctas que normalmente lo han
sido tendremos segundo aguinaldo otra vez en esta gestión”.
PRONUNCIACION
DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ANTE DEMANDA POR EMPRESARIO CRUCEÑO
El
pago del segundo aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” quedó legitimado por una
sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que declaró
constitucionales el Decreto Supremo (DS) 1802 y otras normas que obligan el
pago de este beneficio sujeto al crecimiento del PIB en un 4.5%; establece que
el Decreto no contradice a la Constitución Política del Estado que promueve el
“vivir bien”.
La
norma fue impugnada a través de una acción de inconstitucionalidad en abril de
2014; fue promovida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz a
demanda de Jorge Fernando Delius Senzano en representación de Kaiser Servicios
SRL, que interpuso un recurso de revocatoria ante la oficina del Trabajo por
supuesto incumplimiento de pago del segundo aguinaldo.
La
sentencia 0064/2015 de 21 de julio de 2015, resuelve que el DS del doble aguinaldo
no resulta ser inconstitucional y está acorde con la Constitución que reconoce
el carácter plural de la economía boliviana y que para avanzar en el “vivir
bien” obliga al Estado a priorizar los derechos fundamentales promoviendo
políticas de distribución equitativa de la riqueza y de los recursos económicos
del país.
El empresario privado solicitó declarar la inconstitucionalidad de las normas que avalan el pago del doble aguinaldo porque se había incorporado al sector privado sin ninguna distinción, desconociendo los principios de seguridad jurídica, lo cual lesiona el derecho a la propiedad privada y la norma impugnada sería expropiatoria y confiscatoria de sus recursos.
Para el TCP, la misma norma impugnada, de manera expresa establece que dicho beneficio será otorgado cuando haya crecimiento del PIB por encima del 4.5% y no hay ninguna contradicción con la Constitución.
“En el presente caso no se está afectando a su propiedad con la institución del segundo aguinaldo, porque este beneficio forma parte de la retribución a la que tiene derecho la trabajadora o trabajador por los servicios que presta al empleador”, señala parte de la sentencia de casi 40 hojas que fue firmada por cinco magistrados: Zenón Bacarreza, Macario Cortez, Efren Choque, Oswaldo Valencia y Mirtha Camacho, con la disidencia de los tribunos Ruddy Flores y Neldy Andrade.
QUE
LOS JERARCAS RENUNCIEN AL DOBLE AGUINALDO
Un senador de la
oposición Arturo Murillo UD sugirió que los altos funcionaros públicos no
deberían ser beneficiados con el pago adicional justificándolo con estas
palabras “Las altos funcionarios recibirán en diciembre con el doble aguinaldo
tres sueldos que asciende a por lo menos Bs 60.000.
El senador de Unidad
Demócrata sugirió que el presidente, vicepresidente y los presidentes de las
cámaras, entre otros funcionarios, no gocen de este beneficio por lo oneroso
que resulta. Pero el Movimiento al Socialismo rechazó el planteamiento y por el
contrario sugirió constitucionalizar el segundo aguinaldo.
Por las previsiones del Gobierno el pago del doble aguinaldo es prácticamente un hecho es decir que en diciembre los trabajadores y entre ellos las máximas autoridades recibirán un sueldo, el aguinaldo y el doble aguinaldo. Aunque no todos percibirán este beneficio.
Por las previsiones del Gobierno el pago del doble aguinaldo es prácticamente un hecho es decir que en diciembre los trabajadores y entre ellos las máximas autoridades recibirán un sueldo, el aguinaldo y el doble aguinaldo. Aunque no todos percibirán este beneficio.
Este fue el ejemplo que
dio Murillo para que la población lo apoye "El presidente Evo Morales
recibirá este diciembre Bs 64.449; eso es lo que recibe un obrero durante tres
años y dos meses. El vicepresidente Álvaro García Linera recibirá en este mismo
periodo Bs 60.867; es lo que recibe un obrero en tres años. El embajador Sacha
Llorenti recibirá Bs 105.559; es lo que recibe un obrero en cinco años",
declaró el opositor.
Murillo mostró un cuadro con los sueldos que perciben los funcionarios y lo que se prevé recibirán en el mes de diciembre. En el caso de los presidentes del Senado y Diputados, José Alberto Gonzales y Gabriela Montado, tendrán un ingreso de 60.150 bolivianos, los ministros percibirán Bs 57 288.
Murillo mostró un cuadro con los sueldos que perciben los funcionarios y lo que se prevé recibirán en el mes de diciembre. En el caso de los presidentes del Senado y Diputados, José Alberto Gonzales y Gabriela Montado, tendrán un ingreso de 60.150 bolivianos, los ministros percibirán Bs 57 288.
Por otra el empresario
Político Samuel Doria Medina también se manifestó ante este tema indicando que
a raíz de estos pagos saldar a la luz los “jerarcas” del Estado Plurinacional
de Bolivia señalando que existen sueldos bastantes altos y que solo buscan
beneficios los políticos afines al más.
SOLICITUD
DE LOS JUBILIADOS
Los
jubilados del país reiteraron su pedido de ser incluidos en el pago del
segundo aguinaldo, solicitud que fracasó en las gestiones anteriores y que
ahora quieren tratar de forma directa con el presidente Evo Morales, informó el
secretario ejecutivo de la Confederación Nacional de Jubilados Rentistas de
Bolivia, Gróver Alejandro.
"Hacemos este pedido público para tratar el doble aguinaldo y los problemas económico, político y sociales del país", dijo Alejandro.
El dirigente informó que a pesar de que ya enviaron la solicitud respectiva no tuvieron "ni una sola respuesta" sobre un posible encuentro con el primer mandatario del país.
"Hacemos este pedido público para tratar el doble aguinaldo y los problemas económico, político y sociales del país", dijo Alejandro.
El dirigente informó que a pesar de que ya enviaron la solicitud respectiva no tuvieron "ni una sola respuesta" sobre un posible encuentro con el primer mandatario del país.
Los
años 2013 y 2014 los jubilados marcharon e hicieron protestas para exigir el
pago del doble aguinaldo en ambos casos sin éxito. El año pasado, durante las
movilizaciones del sector, que incluso marchó sobre la carretera Oruro–La Paz,
el Ministerio de Economía y Finanzas informó que incluir a los jubilados en el
pago del doble aguinaldo tendría un costo para el Estado de 1.200 millones de
bolivianos, por lo que el pedido era imposible de cumplir.
El decreto que regula el pago sólo incluye a trabajadores activos, por lo que se necesitaría una normativa que agregue a los jubilados a la cancelación del beneficio.
El decreto que regula el pago sólo incluye a trabajadores activos, por lo que se necesitaría una normativa que agregue a los jubilados a la cancelación del beneficio.
PREOCUPACION DE LOS SECTORES PEQUEÑOS
Hay ocho sectores micro
empresarios, productores arroceros, cañeros, soyeros, avicultores, sector
minero, empresarios de Potosí y Cochabamba que han mostrado su retunda
preocupación con respecto a este pago y afirman que es imposible pagarlo.
Los micro y pequeños
empresarios sostienen que solo han crecido un 1,5% conforme un previo estudio
realizado porque económicamente no es sostenible el pago del segundo aguinaldo,
por otra parte se sostiene que el dato del Instituto Nacional de Estadísticas
(INE) es manipulado y maquillado en algunas oportunidades por el Gobierno
Central ya que este no muestra la realidad de nuestros País según empresarios,
hacen referencias a que no debería existir tanta diferencia entre los datos del
INE verus organismos internacionales.
EL INE indica un
crecimiento del 5.2% mientras que el Fondo Monetario Internacional y CEPAL
indican que el PIB en Bolivia estará alrededor del 4% esta noticia ocasiona
susceptibilidad entre los empresarios por lo relacionan el pago con un tinte
político ya es se viene el referéndum de la Re re Elección de Presidente Evo
Morales.
REPERCUSIONES
QUE OCASIONA
En la gestión en curso
2015 desde meses atrás viene confirmándose el pago por 3 año consecutivo si
bien no deja de ser desmotivante para dejar de generar fuentes de empleos fijos
este cada vez tiene menor incidencia negativa por esquema contable ya se
provisiona como también se realizan análisis financiero proyección económicas
en sector privado haciendo la idea de que este beneficio será pagado, este año
a diferencia de los otros algunos sector han tenido acercamientos con el
Gobierno Central para evitar pagar este beneficio demostrando que su liquidez no
es favorable como se muestra en el PIB porque no todas las empresas tienen la
misma solvencia económica.
En conferencia de
prensa el Ministro de Economía Luis Arce Catacora ha señalado que el Decreto
Supremo se cumplirá al pie de la letra
descartando una posible prórroga para que los empresarios cumplan con esta
obligación.
POSICION
DEL GOBIERNO CENTRAL
Pese a las protestas de
los empresarios en los medios de prensa y la época de pagar se acerca más y más
ya algunos empresarios se ven resignados y cada que el presidente le pregunta
del doble aguinaldo su respuesta sigue siendo la misma.
“Hemos decido que
mientras la economía siga creciendo por encima del 4,5% trabajadores del sector
público y privado tendrán doble aguinaldo”, el decreto del doble aguinaldo
denominado ‘Esfuerzo por Bolivia’ en el sector privado podrá ser pagado hasta
el 31 de diciembre.
El presidente hace
mención a que las empresas ya deben prever este pago y si no lo hicieron es
netamente responsabilidad de ellos, el doble aguinaldo se paga como ‘un justo
reconocimiento’ para los trabajadores debido a la política de austeridad
implementada en el país.
Especialmente a los trabajadores del sector público
hemos castigado bastante con el tema de la austeridad, hay que reconocer ese
esfuerzo. Felizmente va creciendo la economía y por eso en los últimos meses
hicimos un trabajo intenso, y que la
bonanza económica del País ha sido producto de trabajo muy planificado.
Pedimos
que el sector privado tenga que cumplir con el Decreto Supremo de reconocer ese
esfuerzo y ese compromiso que tienen los obreros del sector privado, por
supuesto todas las estructuras del Estado Plurinacional que son asalariados se
benefician de esta norma.
PROPUESTA DE EMPRESARIOS PRIVADOS
Los empresarios del País
proponen pagar variables para cumplir con este pago, señalan que el pago
debería ser proporcional en función de las utilidades o que se cancele por
única vez un salario mínimo nacional Bs 1 656.
Hicieron conocer
públicamente que no solo las pequeñas y micro empresas tendrán problemas
también existen otros sectores como Exportadores, Construcción, Comercio,
Industria y Turismo tienen bastantes dificultades para cumplir con esta norma.
La otra propuesta del
sector privado plantea que el pago debe ser proporcional y que este se tendría
que basar en un estudio contable de las utilidades que cada empresa obtenga.
Por otra parte Wilfredo Rojo, presidente de
la Cámara de Exportadores de Santa Cruz (Cadex), a manera de ejemplo indicó que
si una compañía obtiene un crecimiento del 18% esta debe pagar todo el
aguinaldo, si es menor al 18% el pago debe ser variable y si una empresa tiene
pérdidas no debería pagarse el beneficio.
Agustín
Jiménez, ex presidente del Colegio de Economistas de Bolivia, señaló que una
ley es una norma que todos deben cumplir en el país y que en esta coyuntura
considera que es muy difícil que el Gobierno se meta en problemas aceptando un
pago diferenciado del doble aguinaldo.
Jiménez remarcó que sin dudas se deben buscar otras alternativas pero que en esta gestión eso no se dará.
Jiménez remarcó que sin dudas se deben buscar otras alternativas pero que en esta gestión eso no se dará.
Fuente: El Deber
(Palabras de Jiménez)
REUNION
EMPRESARIOS GOBIERNO CENTRAL
Recientemente el pasado
28 de Octubre el presidente de la Confederación de Empresarios Privados de
Bolivia, Ronald Nostas se reunión con el presidente Evo Morales, el
Vicepresidente y sus Ministros del área para presentar una propuesta para el pago
del Doble Aguinaldo y anuncio una respuesta el Domingo.
El Sr. Ronald Nostas
indicaba en conferencia de prensa “Le hemos dado a conocer nuestras
preocupaciones al Presidente, Vice y sus Ministros ratificando una vez más que el Sector Empresarial Privado nuca ha
rechazado el pago del Doble Aguinaldo, solo hemos tenido discrepancias en el
sentido de la manera en que se lo aplico en su momento.
·
CONCLUSIONES
La cuestión financiera
es muy sensible para el empleador como el empleado si bien recibir dinero extra
no le cae mal a nadie también debemos pensar en salud financiera de nuestra
fuentes laboral ya está al verse imposibilitada o con déficit financiero podría
generar reducción de personal o abaratar la mano de obra.
El lanzamiento de este
Beneficio en el 2013 fue muy desacertada porque golpeo gravemente a las
empresas sobre todo a las micro y pequeñas empresas esta decisión genera un
efecto multiplicador como también disconformidad en algunos sectores un claro
ejemplo se puede evidencia que los vendedores de objetos ropa,
electrodomésticos sufrieron una subida de precios en algunos casos hasta del
50% pasada las fechas festivas no volvieron a su precio de origen en aspectos
generales el dinero adicional extraordinario recibido fue momento que la subida
de precios fue y es permanente.
El sector transporte
publico (micros) no pudo sacar el mismo provecho si bien este intento subir al
estar normado no pudo demostraron su molestia indicando que ellos no recibirían
doble aguinaldo la otra parte del sector transporte Taxi, Trufis subieron sus
tarifas haciendo caso omiso a lo señalado por Gobierno Departamental.
En una opinión personal
esta cuestión fue perjudicial y seguirá siendo perjudicial para aquellas
personas que no son asalariadas porque ellos mantienen sus mismos ingresos y en
algunos este es menor para realizar sus compras ya con precios inflados por
doble aguinaldo.
Por otra parte las
pequeñas empresas en su mayoría ya no demuestra su cariño con el canaston que
daban de manera anual ya lo quitaron indicando que si les dan canaston no le
pagaran el segundo aguinaldo, este comentario es incoherente porque el
beneficio no es negociable.
Y la parte más crítica
es que este pago adicional ha generado despidos o reducciones en las mismas
fuentes laborales y personal que se encuentre desempleado en el último
trimestre le es más complicado conseguir trabajo muchas empresas evitan la
contratación de personal para evitar subir sus costos de mano de obra.
El gobierno central no
considero que si se da un bono hay que asegurarnos que este sea sostenible con
el tiempo si bien hay un parámetro que establece cuando se pagara los
representantes sindicales buscaran medidas para que este sea anual o mismo
Gobierno Central lo ha estado haciendo que es maquillar los datos del INE para
generar mayores simpatizantes a nivel nacional.
La inflación que
muestra el INE en muchos de sus artículos no es la situación real los productos
básicos pueden subir en mayor escala que el incremento salarial pero existe una
miopía por parte de los trabajadores que no se dan cuenta que ese ingreso solo
lo percibirán una vez al mientras y que la subida del producto lo sufrirán a
diario que haciendo un acumulado su aguinaldo quedaría en nada.
·
RECOMENDACIONES
Este pago está
generando mucha polémica a nivel donde ninguna de las partes tiene razón
completa la decisión de generalizar es bastante herrada porque no se considera
la totalidad de los sectores por mí parte daría los siguientes parámetros:
Ø Sectorizar
el pago de este beneficio
Ø Solo
pagar a aquellos que tengan un salario bajo
Ø Realizar
porcentajes de pago según salario similar al Aporte Solidario Nacional.
Cuáles serían los
beneficios que se obtienen a tomar algunas de estas medidas lo cual si tendría
mayor cercanía a lo que pretende el Gobierno Central que sería equilibrar los
ingresos.
·
Sectorizar
el pago de este beneficio
Al tratarse de un tema
tan sensible debería diseñarse indicadores por sector y trabajar una fórmula de
conversión para que esto si pueda ser más preciso y determinar si es posible o
no que el sector realice el pago, a que me refiero con esta medida no es lo
mismo vender 1 bolsa de cemento que vender 1 bolsa de leche si bien las
cantidades son las mismas el margen neto de ganancia no es igual.
Además que cada sector
tiene diferentes meses en los que les ingresas mayor dinero el factor clima no
es de gran ayuda por ejemplo para las empresas que venden bebidas el último
trimestre son temporadas buenas porque tiene disponibilidad financiera para
realizar el pago a fin de año independiente a que hayan o no provisionado, pero
aquellas empresas por ejemplo las distribuidoras de café o ropa de invierno
venden menos en esas épocas que tiene que pagar con ganancias netas.
·
Solo
pagar a aquellos que tengan salario bajo
Este pago debería
podría hacer solo a aquellos que sean de mandos medios a hacia abajo mismas
condiciones que cuando salen los reglamento de incrementos salariales donde
indica que niveles ejecutivos y gerenciales tendrían que entrar en negociación
el directorio quizás esta medida minimiza el impacto del este pago si bien
indirectamente la central obrera lo considere como discriminación es un término
medio de cumplir con lo establecido.
·
Realizar
porcentaje de pago según salario
Para tomar este medida
deberíamos aplicar fórmula similar que se realiza al Aporte Solidario Nacional
donde figurarían escalas de pago según salario, en lo particular esta me parece
la medida más acertada para que todos sean beneficiados y los empresarios menos
impactados.
QUIENES PRESENTAN EL FORMULARIO 110 "RC IVA"
He aquí las respuestas a algunas preguntas que te
habrás realizado en algún momento:
¿Que es el RC IVA?
Su abreviatura significa Régimen Complementario al
Impuesto al Valor Agregado que se aplica exclusivamente a las personas
naturales por su trabajo o por las inversiones de capital que haya realizado.
¿Quiénes
pagan este impuesto?
De acuerdo a la Resolución Administrativa Nº
05-0040-99 Instructivo 1- Agentes de retención del Sector Público y Privado
para el Régimen Complementario al Impuesto del Valor Agregado deberán presentar
el formulario RC IVA todos los dependientes que perciban un Sueldo Neto o
Liquido Pagable mayor a cuatro Salarios Mínimos Nacionales, es decir a partir
de Bs 6 625.
¿Cuál es
la alícuota?
La alícuota o monto a pagar es el 13% sobre el
monto total de ingresos percibidos.
¿Cómo
pago este impuesto?
Para que este impuesto no sea descontado del
salario se debe compensar con facturas que se llenan en el formulario 110 RC
IVA.
¿Cuál es
el valor en facturas que se debe presentar?
El monto varía según el ingreso de la persona esta
es la fórmula que utiliza Impuestos Nacionales para calcular el monto a pagar,
veamos un Ejemplo con un Salario de Bs 8 000
VComo podemos apreciar en la imagen en el inciso F nos da un resultado de Bs 46 para
evitar pagar este impuesto se debe Dividir los 46 entre 0.13 (46/0.13=354) para
obtener el monto en facturas a presentar en este caso el contribuyente deberá presentar
Bs 354 en facturas.
Para dejar de pagar el RC IVA se lo compensa con facturas que se
llenan en el Formulario 110 RC IVA Dependientes, disponible en el Da Vinci. El programa lo pueden
descargar de la página de Impuestos Nacionales y aquí tenemos un tutorial
sobre cómo llenar el formulario.
ME CORRESPONDE EL SEGUNDO AGUINALDO????
Durante los últimos 3 años muchas personas se han hecho la siguiente pregunta "Me corresponde el Segundo Aguinaldo? ", aquí tienes la respuesta
Para que el pago se haga efectivo necesariamente se deberá cumplir los siguientes requisitos en el mismo orden que se mencionara:
1.- PIB POSITIVO
El decreto Supremo 1802/2013 nos indica que todos los trabajadores del sector Publico como Privado son acreedores de este Beneficio siempre y cuando el Producto Interno Bruto (PIB) supere el 4,5% dato que sera proporcionado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE)
2.- ANTIGÜEDAD DEL TRABAJADOR
La duración o servicio prestado por parte del trabajador según su tipo de características sera
Obreros aquellas personas que hubieran ingresan hasta el 25 de Noviembre de este año.
Empleados aquellas personas que hubieran ingresado hasta el 25 de Septiembre de este año.
Aclaraciones
Obrero :Persona que tiene por oficio trabajo manual o esfuerzo físico.
Empleado :Persona que tiene por oficio realizar trabajos de esfuerzo mental.
El plazo para pagar este Beneficio es hasta el 31 de Diciembre del presente año, para aquellas empresas que realicen los tramites de Prorroga se amplia hasta el 31 de Marzo del 2016.
El pago de este beneficio es de carácter obligatorio la omisión de este sera sancionado con el pago adicional del 100% de monto que corresponde por Ej. Si un trabajador le correspondía Bs 2 000 pasada las fechas establecidas la Empresa o Empleador deberá pagar la suma de Bs 4 000.
Para que el pago se haga efectivo necesariamente se deberá cumplir los siguientes requisitos en el mismo orden que se mencionara:
1.- PIB POSITIVO
El decreto Supremo 1802/2013 nos indica que todos los trabajadores del sector Publico como Privado son acreedores de este Beneficio siempre y cuando el Producto Interno Bruto (PIB) supere el 4,5% dato que sera proporcionado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE)
2.- ANTIGÜEDAD DEL TRABAJADOR
La duración o servicio prestado por parte del trabajador según su tipo de características sera
Obreros aquellas personas que hubieran ingresan hasta el 25 de Noviembre de este año.
Empleados aquellas personas que hubieran ingresado hasta el 25 de Septiembre de este año.
Aclaraciones
Obrero :Persona que tiene por oficio trabajo manual o esfuerzo físico.
Empleado :Persona que tiene por oficio realizar trabajos de esfuerzo mental.
El plazo para pagar este Beneficio es hasta el 31 de Diciembre del presente año, para aquellas empresas que realicen los tramites de Prorroga se amplia hasta el 31 de Marzo del 2016.
El pago de este beneficio es de carácter obligatorio la omisión de este sera sancionado con el pago adicional del 100% de monto que corresponde por Ej. Si un trabajador le correspondía Bs 2 000 pasada las fechas establecidas la Empresa o Empleador deberá pagar la suma de Bs 4 000.
miércoles, 16 de diciembre de 2015
CALCULANDO TU INDEMNIZACION
Muchas
personas son víctimas de engaños por Empleadores que pierden la Ética
Profesional y caen en infracción u omisión
de los Derechos Laborales intentando eludir el pago de la Liquidación al
personal que se desvincula y otros que si realizan el pago pero con cálculos
incorrectos, este espacio esta para darte las pautas que no seas víctima del
engaño:
Antes
de entrar al detalle de la forma de cálculo debemos preguntarnos me corresponde
liquidación, la respuesta será “SI” si es que el tiempo de servicio sea igual o
mayor a 90 días ininterrumpidas.
Conozcamos
un Formulario de Indemnización o Liquidación:
Detallemos
el contenido y la información que debe llegar cada inciso:
I.- Datos Generales
Este
contiene información básica del Empleador y del Empleado se debe tener mucho
cuidado y ser preciso en la Fecha de Ingreso y Fecha de Retiro ya que estos son
base fundamental para determinar el tiempo de servicio de Empleado.
II.- Liquidación de la Remuneración
En
este inciso se deben colocar los últimos tres salarios completos (Total Ganado)
para
obtener el Promedio Indemnizable, el cual es otro dato de suma importancia
para llegar valor del Beneficio.
III.- Total Remuneración
En caso
se tiene que anotar los datos obtenidos en el inciso I (Tiempo de Servicio) y
II (Salario Promedio) detallemos contenido:
Desahucio Solo corresponde si el trabajador en
retiro sin previo aviso y justificación alguna
el monto a cancelar es el
equivalente a tres salarios promedios.
Indemnización Se obtiene multiplicando los años de
servicios por el salario promedio en
caso de que no llegue a cumplir 1 año de
servicio se cancelara duodécimas.
Aguinaldo
Corresponde si el
trabajador se retira antes de que se pague este Beneficio de lo contrario se
pagara duodécimas.
Vacación Aplica si el Trabajador lleva un tiempo de
servicio mayor o igual a un año y no
hubiera hecho el uso de sus vacaciones.
Prima Para determinar si este pago corresponde o no se debe
esperar el cierre del año fiscal.
IV.- Deducciones
Este
Ítem se debería registrar las deudas que tiene el trabajador pero este iría en
contrato de los derechos laborales “Los Beneficios son Irrenunciables e
Inembargables” lo que nos
indica que debería estar en blanco.
V.- Importe Líquido a Pagar
Es
el monto final que corresponde al Trabajador al momento de desvincularse el
resultado de este se obtendrá en el inciso III
Realicemos
un Ejemplo
Juan
Pablo ingreso a trabajar el 15 de Febrero del 2014 a la empresa Patito S.A.
como
c Operador de Equipo con un Salario de Bs 2 500 y se retiró de manera
voluntaria el 31 de
Noviembre del mismo año por cuestiones personales.
Paso 1
Debemos
completar el encabezado con datos Básicos del Empleador y Trabajador y lo más
importante determinar el tiempo de servicio, en este caso seria 9 Meses y 15
Días.
Paso 2
Se
debe identificar los últimos tres salarios para obtener el promedio
indemnizable en este
caso el salario es fijo por lo que el promedio será Bs 2.500
Paso 3
Se
debe realizar los cálculos correspondientes para efectuar el pago
Tiempo
de Trabajo: 1 979 ---> Se
obtiene multiplicando 9,5 (Tiempo Trabajo) x 2 500 (Salario Promedio)
Aguinaldo :
1 979 --> Solo se paga duodécimas porque cumplió la
gestión completa
Vacaciones : 0 --> No corresponde porque no cumplió el tiempo requerido
Prima : 0 --> Hay que esperar a la conclusión del años fiscal para determinar
Total
Liquidación : 3 958
Aclaraciones:
Ø El Finiquito incluirá Duodécimas de
Aguinaldo siempre y cuando el Trabajador se retire antes del pago de este
Beneficio, en caso de que se retire después del pago del Beneficio
aplicaran
solo los otros ítem.
El plazo para el pago de este Beneficio es
de 15 días calendario pasada la fecha se deberá
pagar con un recargo del 30%
sobre el monto calculado.
Ø En caso de que el trabajador no se
presentara a cobrar su liquidación la empresa está en la obligación de realizar
Deposito en Custodia del valor de la liquidación antes de los 15 días señalados
anteriormente.
Ø Los beneficios de los trabajadores son irrenunciables,
la liquidación se paga independiente al motivo de desvinculación del trabajador
y en caso de que hubiera firmado algún documento para evitar el pago de este
queda nulo.
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